La entidad dispuso que en lugar de los 2 millones actuales, el máximo sea de 5 millones de dólares para atesoramiento.
La medida se suma a la reciente eliminación del cronograma de pago para deudas por importaciones”.
Además para el cobro del exterior por exportaciones u otros conceptos por un valor de hasta 100 mil dólares mensuales, no se exigirá una declaración jurada previa, los fondos podrán acreditarse directamente a la cuenta del receptor por un concepto genérico.
En caso de compras con tarjetas de débito en el exterior, los bancos deberán ofrecer al cliente la opción de debitar en cuenta en pesos o en moneda extranjera, para evitar operaciones no deseadas.