Desde hoy comienza a regir un nuevo recargo impuesto por el gobierno para la compra de moneda extranjera, que irá a cuenta de Ganancias y Bienes Personales.
Desde este miércoles 16 se aplicará una retención a cuenta del Impuesto a las Ganancias del orden del 35%, para las compras de dólar ahorro y pagos con tarjetas de crédito al exterior. Esta nueva percepción se suma al Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS) del 30%, que viene cobrándose desde noviembre 2019.
¿Cuánto costará el dólar con este recargo?
Si bien esta nueva percepción, va a ser tomada como adelanto del pago del impuesto de Ganancias y Bienes Personales (o en su devolución al finalizar el año fiscal, para quienes no estén bajo ese régimen), en la práctica el valor del dólar (o de cualquier otra divisa) será del 65% sobre el precio del mercado. Por ejemplo: el dólar cotiza en el Banco Nación hoy a $ 79,25, con el impuesto PAIS del 30% está a $ 103,03 y sumado el nuevo recargo del 35%, se vende a $ 130,76, prácticamente el precio que cerró el dólar blue ayer.
¿Se va a mantener el cupo de compra actual de 200 dólares mensuales?
Si, se va a mantener, pero se descontaran del mismo los gastos que se haga con tarjeta en el exterior, ya sea compras o contratación de servicios. Por ejemplo, si ese mes gastaste 50 dólares en pagos en el exterior, solo tendrás cupo para comprar 150 dólares para ahorro.
En caso de que tus gastos mensuales en el exterior sean mayores al cupo de 200 dólares, se pasara el excedente para el cupo del mes siguiente. Por ejemplo, si un mes gastaste 230 dólares, obviamente ese mes no tendrás cupo para la compra de dólares, y al mes siguiente tu cupo será de 170, dado que los u$d 30 de excedente del mes anterior, serán restado del de este mes.
¿Qué diferencia hay entre este recargo y el impuesto PAIS?
El nuevo recargo no es un impuesto, es un pago en concepto de adelanto de Ganancias y Bienes Personales, este aporte por consiguiente, se deducirá del pago de dichos impuestos. En cambio el Impuesto PAIS es un gravamen en sí, es decir, que el 30% percibido por éste, para compras de moneda extranjera, o en moneda extranjera, tributan al fisco. Para resumirlo: esta nueva percepción es un pago a cuenta de un impuesto ya existente (Ganancias y Bienes Personales) y el impuesto PAIS es, como su nombre lo indica, un impuesto en sí.
Más información:
Comunicado del Banco Central de la República Argentina (BCRA) donde informa las nuevas «medidas que garantizan divisas para la recuperación económica»
Hoy fue publicada en el Boletín Oficial la resolución 4.815 de la AFIP, donde establece «un régimen de percepción que se aplicará sobre las operaciones que ya estaban alcanzadas por el Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAÍS)».
Hola, una consulta, si yo no pago impuesto a la ganancia, de alguna forma me será devuelto el 35% que me cobran de mas ?
Hola Mauro, te copio lo referente a este tema que figura en el «Título II» de la Resolución General 4815/2020 de la AFIP espero que te sirva para contestar tu consulta. Saludos!
TÍTULO II – RÉGIMEN DE DEVOLUCIÓN PARA SUJETOS QUE NO SEAN CONTRIBUYENTES DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS O, EN SU CASO, DEL IMPUESTO SOBRE LOS BIENES PERSONALES
ARTÍCULO 7°.- Los sujetos a quienes se les hubieran practicado las percepciones establecidas en la presente, que no sean contribuyentes del impuesto a las ganancias o, en su caso, del impuesto sobre los bienes personales, y que, consecuentemente, se encuentren imposibilitados de computar las aludidas percepciones, podrán solicitar la devolución del gravamen percibido una vez finalizado el año calendario en el cual se efectuó la percepción, en la forma y condiciones que se detallan en el presente Título.
ARTÍCULO 8°.- Con carácter previo a efectuar la solicitud de devolución, los sujetos deberán:
a) Contar con Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT), obtenida en los términos de la Resolución General N° 10, sus modificatorias y complementarias.
b) Contar con “Clave Fiscal”, obtenida de acuerdo con lo establecido en la Resolución General N° 3.713.
c) Informar a esta Administración Federal la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de la cuenta bancaria, de conformidad con lo previsto en la Resolución General N° 2.675, su modificatoria y complementaria.
Pésimo sacado los cálculos!!!! El ejemplo que citan tiene mal los cálculos. Corrijan por favor que confunden a la gente.
Muchas gracias
Cito de su pagina https://www.cotizacion-dolar.com.ar/economia/nuevo-recargo-de-35-para-la-compra-de-divisas.html
«Por ejemplo: el dólar cotiza en el Banco Nación hoy a $ 74,25, con el impuesto PAIS del 30% está a $ 103,03 y sumado el nuevo recargo del 35%, se vende a $ 130,76, prácticamente el precio que cerró el dólar blue ayer.»
Hola Sebastián, gracias por darte tiempo de escribirnos, aunque sos muy severo!
No fue error de cálculo sino de tipeo, ese día el valor del dólar, del tipo vendedor en el Banco Nación, era de $ 79,25, precio con el cual se hicieron los cálculos; al escribir la nota se tipeo $ 74,25 que era el valor de compra es mismo día en el BNA.
Ya lo arreglamos, disculpas y muchas gracias! Saludos!!
Buenos Dias … una pregunta como hacen los exportadores con el importe del Dolar bajo y los recargos , que idea tiene el ministro de economia, que puede pasar que aya una corrida al dolar blue hacia arriba?
Gracias
Tengo los dólares comprados en el banco y depositados en mí cuenta de ahorro.tengo que comprar pasajes de avión otra ves me descontarán los impuestos ya pagados